El dilema de la lista más votada
No son pocas las veces que escuchamos aquello de “que se deje votar a la lista más votada”. Políticos de uno y otro signo han utilizado esta expresión cuando han ganado las elecciones o las encuestas les han sido favorables. Y siempre sabiendo, que probablemente no conseguirían mayoría absoluta.

Sánchez y Feijóo en un debate
Cierto es, que en algunos países -sea del continente que sea- sale investido presidente aquel candidato o candidata que obtiene mayor voto popular, como puede ser por ejemplo Estados Unidos o Francia. Mientras que en otros solo se inviste al presidente si obtiene una mayoría parlamentaria y no popular, como en el caso de España e Italia. Pero, ¿por qué ocurre esto? Para conocer mejor si en un país puede gobernar la lista más votada es necesario entender cómo funcionan las diferentes formas de gobierno.
En primer lugar, lo que debemos tener en cuenta es la diferenciación entre los sistemas presidenciales, semi presidenciales y parlamentarios. Aquí la diferencia viene dada mayormente por la actuación y diferenciación de los poderes ejecutivo y legislativo. Cada uno con su forma de elección, sus atribuciones y sus competencias. En los sistemas presidenciales, el poder ejecutivo y el poder legislativo están completamente diferenciados y separados. En los sistemas parlamentarios no lo están tanto, y el poder ejecutivo es elegido por el poder legislativo donde los miembros del gobierno también forman parte del legislativo, como pasa en España, entre otros más de veinte países europeos. Mientras que en los sistemas semi presidenciales, con Francia como ejemplo por antonomasia, ambos poderes se tocan, se mezclan, pero no como en los sistemas parlamentarios, ni se separan completamente como en los sistemas presidenciales.

Feijóo en el Senado
Es decir, en este último caso -el semi presidencialista-, el ejecutivo sale también elegido de la asamblea (ésta elegida por el electorado), como en los sistemas parlamentarios, pero aquí los electores también eligen directamente al jefe del Estado, que además cuenta con competencias ejecutivas y participa en la designación del primer ministro o jefe de gobierno (el ejecutivo) y también puede disolver la asamblea. Mientras que la investidura y/o la censura del gobierno pertenece a las atribuciones y competencias de la asamblea. El gobierno ejecutivo saliente de la asamblea está supeditado tanto por la asamblea como por el jefe del Estado. Veámos este complicado maremágnum con ejemplos prácticos, basándonos en los ejemplos más claros de la política internacional como son los casos de Francia, Estados Unidos, España e Italia, respectivamente.
En Francia, existen dos tipos de elecciones. Las elecciones presidenciales y las elecciones parlamentarias. Las elecciones presidenciales son para elegir directamente al jefe de la República francesa o del Estado. Emmanuel Macron, por poner un ejemplo. Éste, aparte de ostentar la jefatura del Estado cuenta también con competencias ejecutivas. Por ejemplo, el monarca español y jefe del Estado, solo cuenta con competencias representativas y nunca políticas. Macron, designa y cesa al jefe de gobierno francés y es la asamblea francesa la encargada de investirle y censurarle en su caso. Fiscaliza la acción gubernamental. Macron también puede disolver la asamblea francesa. No olvidemos que es el jefe de la República, pero también actúa como poder ejecutivo, cuyas competencias son compartidas con el gobierno designado. En el sistema semi presidencialista, pese a la compartición de poderes, es el jefe del Estado el que ostenta una mayor prerrogativa.
En Estados Unidos, como ejemplo de sistema presidencial por antonomasia, también existen dos tipos de elecciones como en Francia. Elecciones presidenciales y parlamentarias. Lo que ocurre en Estados Unidos es que el gobierno, el ejecutivo, es el jefe del Estado. Las competencias ejecutivas no son compartidas por un gobierno investido por la asamblea. Son ejercidas directamente por el jefe del Estado que es elegido por los ciudadanos. Aquí existe una clara diferenciación en cuanto al poder legislativo y al poder ejecutivo cada uno con sus funciones y competencias, y por tanto, se puede producir un mayor choque entre ambos poderes. El parlamento puede supervisar la actividad del ejecutivo, y no puede censurar al presidente (jefe del Estado) salvo en caso de impeachment (acusación) o imputación. Tampoco el presidente puede disolver la asamblea, aunque sí vetas leyes aprobadas por el parlamento (importancia para dilucidar el tipo de división territorial como veremos más adelante). Al existir una mayor probabilidad de mayor choque entre ambos poderes, debe haber una legitimidad también mayor hacia el sistema político y hacia los resultados democráticos. Pues de lo contrario la inestabilidad está servida. Pensemos por ejemplo en Venezuela u otros países de América Latina, cuando ambos poderes no se reconocen.
Llegamos finalmente al caso que nos ocupa de España, ostentadora de un sistema de gobierno como es la monarquía parlamentaria plasmada en el artículo 1.3 de la Constitución Española. El jefe del Estado aquí tiene unas competencias representativas -pero del Estado español, no representa a los ciudadanos-, de continuidad y de estabilidad del sistema político. Al ser una monarquía, la jefatura del Estado no se elige por sufragio. En Italia por ejemplo, el jefe del Estado goza de prácticamente las mismas competencias, pero en este caso la jefatura sí es elegida por los italianos periódicamente. Por tanto, el ejecutivo se desliga de la jefatura del Estado, a diferencia de los sistemas presidenciales y semi presidenciales, y recae exclusivamente en el gobierno de la nación. Y aunque es designado por el jefe del Estado, sale investido exclusivamente por la asamblea (Cortes Generales españolas).

Sánchez en el Congreso
Por lo tanto, en España, solo existen unas elecciones generales que son para elegir a los diputados y senadores por votación popular. Los ciudadanos españoles no puede en ningún caso elegir al Presidente del Gobierno. Los ciudadanos españoles eligen por un lado a los senadores del Senado y por otro lado a los diputados (escaños) del Congreso de los Diputados. Éstos son los encargados de elegir al Presidente del Gobierno que es el encargado de formar el Gobierno de España. Para ello, de 350 diputados que conforman el Congreso de los Diputados, se necesitan 176 diputados que voten a favor de la investidura del Presidente. Si esto no se consiguiera, se pasaría a una segunda votación donde solo sería necesario el voto de más diputados a favor que en contra. No haría falta conseguir 176 diputados. Los diputados se pueden abstener.
Pero, ¿por qué obtener 176 diputados para elegir al Presidente? 176 es un número que indica mayoría absoluta. La mitad más 1 de 350 diputados en total. Esto quiere decir que si al Presidente y por tanto al Gobierno resultante, lo ha apoyado la mayoría del Congreso de los Diputados, se podrá gozar de una estabilidad en la legislatura venidera. Como al Gobierno español le corresponde una mayor relevancia en la iniciativa parlamentaria en relación a los proyectos de ley, a la aprobación de los Presupuestos Generales, etcétera., solo podrá sacar adelante la legislatura si le apoya una amplia mayoría de la asamblea, es decir 176 diputados. Ya que las leyes orgánicas solo pueden aprobarse, modificarse o derogarse por mayoría absoluta.
Aunque la lista más votada goce de un amplio apoyo electoral, se necesita el apoyo, el amplio apoyo de los diputados electos para poder gobernar. No estamos ante un sistema presidencial o semi presidencial donde la lista más votada puede gobernar. Estamos ante un sistema parlamentario donde se necesita el apoyo de la mayoría absoluta de la asamblea para poder gobernar y obtener una estabilidad parlamentaria. Si se quisiera dejar gobernar a la lista más votada, ha de hacerse o de forma tácita extraoficialmente y con el permiso de los diferentes partidos políticos o mediante la reforma de la Constitución. En cualquier caso, ¿de qué sirve dejar gobernar a la lista más votada si posteriormente no se puede aprobar la legislación pertinente debido a que la lista más votada no goza de la confianza parlamentaria necesaria?
En los sistemas parlamentarios el Gobierno electo depende de la confianza del parlamento, y la confianza se otorga o se retira mediante una mayoría. Todos los grupos parlamentarios resultantes de las elecciones generales representan (diputados) a los representados (ciudadanos), y son los diputados en mayoría quienes confían mayoritariamente en un gobierno u otro. Por ende, el dejar gobernar a la lista más votada en términos morales, carece totalmente de sentido en este sistema de gobierno. Un partido político puede conseguir más confianza parlamentaria que otro que haya ganado las elecciones. La conformación de un sistema de gobierno u otro tiene que ver con el desarrollo histórico de un Estado y de su sistema de contrapesos. Los sistemas parlamentarios tienen más que ver con los regímenes democráticos y de consenso. Los presidenciales se ligan más a las tradiciones liberales y mayoritarias. Mientras que en los sistemas semi presidenciales podemos observar una sutil mezcla de ambos.
En España por ejemplo, existe un modelo territorial único en el mundo, como es el actual sistema autonómico. Una división territorial del Estado basado en autonomías. Las competencias de cada autonomía se debaten y se obtienen en el Congreso de los Diputados (más relevante) y en el Senado (menos relevante). Aunque la circunscripción electoral sea la provincia, el Congreso se convierte en una cámara de representación territorial más incluso que el Senado. Los partidos regionalistas defienden sus regiones en el Congreso. Negocian y pactan para investir al Presidente del Gobierno. Estamos en una democracia de consenso y no mayoritaria. Si fuera al revés, y el Presidente no necesitara de tal negociación, parte del Estado español quedaría sin representación produciendo unas inestabilidades graves.
En el caso de Estados Unidos esto no ocurre. Porque al ser un Estado federal, las competencias de cada Estado federado estadounidense no dependen de la elección del Presidente, sino que ya están prefijadas. No se negocian tales competencias. Porque de ser así, el Presidente de los Estados Unidos podría oponerse a tal legislación competencial territorial -pues el Presidente de la nación representa a un conjunto-, ya que una de sus prerrogativas es poder vetar leyes de la asamblea.
Por tanto, la gobernabilidad de la lista más votada, nos guste o no, no es posible en nuestro actual modelo parlamentario de gobierno ni en el actual modelo territorial autonómico. Al menos en términos de eficiencia, estabilidad y legitimidad del sistema político.
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