El Poder Judicial no puede elegirse a sí mismo

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Los denominados jueces y magistrados que forman parte del Poder Judicial no pueden elegirse así mismo, es decir, el CGPJ (órgano de Gobierno) debe emanar del pueblo, como todos los poderes del Estado, si no sería anticonstitucional y antidemocrático.

El Tribunal Supremo, Madrid

El Tribunal Supremo, Madrid

Mucho se habla de la no renovación del CGPJ. Unos dicen que el PP lo está bloqueando. Otros que el PSOE quiere controlar el Poder Judicial y por tanto es normal que el principal partido de la oposición (Partido Popular) no quiera pactar la renovación. En cualquier caso, sin entrar a desentrañar una maraña de leyes o artículos de la Constitución, diremos simple y llanamente que todos los poderes del Estado deben emanar del pueblo. Así lo indica el artículo 1.2 de la Constitución Española: “La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado”. Así pues, un poder del Estado -el legislativo, el ejecutivo o el judicial- no pueden suponer un poder completamente independiente respecto de la soberanía nacional.

Cierto es, que debe garantizarse el principio de independencia y de separación de poderes, de unos respecto a los otros. Pero lo que no puede ocurrir nunca es que uno de los tres poderes se eclosionen y funcionen de forma autónoma y con una total independencia de la voluntad del pueblo expresada en unas elecciones generales. Por tal motivo, los jueces no pueden elegir a los jueces porque sería anticonstitucional. El Poder Judicial, al igual que los otros dos poderes, debe responder a la realidad política y social de cada legislatura. El hecho de que el Poder Judicial o cualquier otro, pueda elegirse así mismo, es un hecho enormemente antidemocrático. Podría producirse un choque entre poderes e instituciones sin precedentes que ponga en jaque la estructura de nuestra democracia liberal parlamentaria, además de un deterioro de la legitimación de las instituciones y por tanto de la democracia española.

El legislativo, el ejecutivo, el judicial... y la prensa

El legislativo, el ejecutivo, el judicial… y la prensa

Asistimos a una coyuntura notablemente reseñable. Mientras los tres poderes estatales deben emanar de la voluntad del pueblo, éstos han de ser independientes y mantener el principio de la separación de poderes. Por eso, la voluntad del pueblo, la soberanía nacional, es expresada a través de las elecciones. Y es a través de aquí, una vez se han conformado Las Cortes Generales (Congreso y Senado) cuando se conforma el Poder Ejecutivo (Gobierno) y el Poder Judicial (CGPJ. Órgano de Gobierno), los cuales derivan del Poder Legislativo. Es decir, la sede de la soberanía nacional son las Cortes Generales (legislativo) y solo posteriormente se conforman los otros dos poderes (ejecutivo y judicial).

El artículo 122.3 de la Constitución Española dice: El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un periodo de cinco años. De estos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica*; cuatro a propuesta del Congreso de los Diputados, y cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión.

*La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial desarrolla el artículo 122.2 y 122.3 de la Constitución Española, por tanto: los otros 12 miembros del CGPJ son elegidos, nuevamente, 6 por el Congreso y 6 por el Senado, también por mayoría de 3/5, pero esta vez entre Jueces y Magistrados, y no entre abogados y otros juristas de reconocida competencia como reza la Constitución en el caso de la elección de los otros 8 miembros.

Lo que se establece aquí es una clara derivación y emanación del las Cortes Generales, que es donde reside la soberanía nacional. Por ello, también el CGPJ debe ser representativo de la voluntad del pueblo a través de las elecciones. Tanto no renovar el CGPJ de acorde a la nueva realidad política en la nueva legislatura, como pretender que se renueve dando la espalda a la soberanía nacional, son premisas completamente antidemocráticas.

Pero claro, alguien podría pensar en el hecho de que se pueda politizar la justicia. Cierto es que presiones siempre existe. Una completa separación de poderes como si matemáticas fueran, es imposible. Ahora bien, cabe recordar que los jueces en España son independientes e inamovibles. No están sujetos en sus resoluciones a los intereses de los órganos superiores. Si es verdad, que sí dependen de alguna manera en lo relativo a los ascensos, por ejemplo. Pero también, es necesario tener en cuenta que una injerencia ilegal de algún poder, o una resolución contraria a derecho podría resultar en prevaricación. En unos costes negativos para aquél que aplica una ley de forma ilegal.