Immanuel Kant – Parte 2
Kant analiza el Estado desde un derecho basado en el imperativo categórico. Un imperativo basado en una autoexigencia universal como filosofía ética y moral.

Monumento a Kant, Kaliningrado
Teoría política
- Filosofía del derecho
Presenta una distinción entre leyes morales y leyes jurídicas. Las morales son aquellas a las que obedecemos en cuanto son el producto de nuestra conciencia del deber, del imperativo categórico. Mientras que las jurídicas condicionan la acción humana, pero no desde su voluntad interna, sino que proceden del exterior. Regulan externamente las relaciones entre los sujetos y pueden ser coercitivas. Kant plantea un ideal del derecho. Intenta establecer un derecho donde el arbitrio de uno pueda conciliarse con el arbitrio de otro según la ley universal de la libertad. El arbitrio es la suma de la voluntad y la conciencia, explica nuestra acción. El ideal del derecho sería aquel ornamento que logre conciliar la conducta de uno con la de otro bajo el principio universal de la libertad. Es el horizonte en el cual la coacción que por definición implican las leyes jurídicas no violen el principio de libertad de autonomía del individuo. Conciliar la coacción con la libertad. Reconoce que todo ordenamiento jurídico debe reconocer las leyes jurídicas coactivas, pero siempre que solo esas leyes garanticen nuestra libertad individual, que es aquella situación en la que yo pueda seguir aplicando el principio de imperativo categórico.
- Contrato originario
Es el puente entre el ideal del derecho y la existencia del Estado, sería el término intermedio. Solo si hay contrato originario puede haber Estado, y solo si hay Estado se puede garantizar el ideal del derecho anteriormente presentado. El contrato originario es un concepto racional que refleja el deber moral de superar el estado de naturaleza. Es un ideal regulativo o ético. En Kant volvemos a ver introducido la hipótesis del estado de naturaleza. Él es un contractualista. Es una hipótesis abstracta. Lo que viene a decir es que la característica principal del estado de naturaleza es que, es un estado donde las normas y reglas de convivencia no son compartidas por toda la comunidad. Las reglas pueden estar orientadas a garantizar determinados derechos, pero son básicamente privados. La clave del estado de naturaleza es que no es público, es un terreno marcado por las reglas y normas particulares. Lo que se necesita es superar este estado de naturaleza donde pueden prevalecer intereses privativos de determinados grupos para instaurar un Estado de derecho público. De esta forma la idea ética del contrato originario es que el pueblo abandona todo ejercicio de la libertad no reglamentada. Y a su vez, se hace consciente de que en lugar de buscar sus intereses y finalidades egoístas debe desarrollar una conducta ajustada al imperativo categórico. Hay que abrirse a una normatividad pública y yo como individuo debo poder ejercer el imperativo categórico. Una vez busco el imperativo categórico no busco mis intereses egoístas. La justicia entonces equivale a la garantía de la propia libertad. El contrato de Rousseau se entiende mejor con el imperativo categórico. Estoy obligado a ser libre porque la ley parte de mí. No es que el contrato me obligue a ser libre, sino que en el propio acto del contrato me obligo a ser libre a través del imperativo categórico. Si el contrato prevalece, el contrato me obliga a ser libre. Si estoy en contra del contrato, lo estoy contra mí mismo.
- Teoría del Estado
Presenta un modelo de estado racional de derecho. Cuando el Estado garantiza el derecho público producto del contrato originario es cuando nos encontramos un Estado de derecho racional. Los dos rasgos del Estado de derecho es: la representatividad y la división de poderes.

Tumba Immanuel Kant, Kaliningrado
La representatividad en el modelo de Estado de derecho racional no es representatividad democrática. Lo que representa el poder político es la voluntad universal a priori que respeta las características del contrato originario. No representa la soberanía popular. La de Kant simplemente alude a la condición que tiene el poder estatal de representar la idea del contrato originario. Bastante abstracto. Es casi la idea de voluntad general de Rousseau. La representatividad del Estado, obliga a que las medidas legislativas estén públicamente comunicadas. Obliga a la publicidad de las leyes. En un Estado racional de derecho no cabe emitir leyes que no sean accesibles a todos. Conecta con la antigua Grecia. Hoy día es lo que se conoce como BOE, en España.
La división de poderes para Kant, es una condición necesaria para que exista un Estado de derecho racional. Existen 3 atributos que Kant reconoce a la ciudadanía: el principio de libertad legal-individual, principio de igualdad ante la ley, e independencia civil:
El principio de libertad legal-individual es aquello que de alguna forma se desprende del propio derecho público. No estoy obligado a acatar aquellas leyes sobre las que no he dado mi consentimiento. Es la consecuencia inmediata del contrato originario, que es lo que consolida el ideal del derecho. Tengo que obedecer obligatoriamente a las leyes a las que sí he dado mi consentimiento. De aquí, de este principio, se desprende una serie de condiciones sociales que Kant piensa que deben de enmarcar la vida cívica del individuo, como la elección individual autónoma de los fines que da a su vida, sin que sea instrumentalizado por otros. Ejemplo, libertad expresión.
La igualdad ante la ley, tiene sentido actual. Reciprocidad en la facultad mutua en la vinculación a la ley. Todos somos iguales ante la ley. No hay relaciones feudales, ni privilegios heredados, etc. No es igualdad social. Es igualdad ante la ley. Estamos mutuamente comprometidos a ella. La igualdad legal no es igualdad social.
El principio de independencia civil es la condición de cada individuo de ser considerado como un coautor legislativo, o colegislador. Es una consecuencia de su visión previa. Al sujetarse al imperativo categórico y el Estado al respetarlo, da como condición al ciudadano como colegislador, todos somos colegisladores. De alguna forma esto es lo que debería obligar a Kant a ser un autor abiertamente democrático. No defenderá el sufragio universal. Kant es un individuo de su época. Es una contradicción interna de Kant. Obligaría a Kant a defender el sufragio universal. La excusa que da Kant es que para desarrollar juicios independientes salidos del imperativo categórico debemos estar libres de las duras condiciones laborales a las que están sometidos grandes poblaciones. Deberíamos de ser independientes laboralmente hablando. Por ello, no defiende el sufragio universal. Pero el imperativo categórico, según Kant, debería ir más allá de cualquier circunstancia. Es una contradicción.
Cuando todos los Estados que habita el mundo se articulen o regulen conforme a los supuestos del Estado racional de derecho podremos llegar a una federación internacional de Estados que garantice La paz perpetua. En el fondo Kant cierra su pensamiento político hablando de un Estado racional del derecho universalizado. Es un ideal cosmopolita que está vinculado a la garantía de la paz internacional. La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 entronca con el Estado racional de derecho universalizados. El Presidente Woodrow Wilson podríamos afirmar que es un kantiano. Que todos los ordenamientos jurídicos del mundo puedan federarse si son racionales de derecho para que se garantice la paz perpetua.
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